Miércoles Técnico.
Hola, soy el Cr. Maximiliano Mira Salas. En esta edición abordamos la situación actual del BOI Report (Beneficial Ownership Information Report) ante el FinCEN, una obligación que ha generado confusión tras recientes resoluciones judiciales y cambios normativos en EE.UU.
A continuación, resumimos el estado vigente de la norma según el tipo de entidad y su origen.
🇺🇸 Empresas domésticas (LLCs o corporaciones formadas en EE.UU.):
Desde el 3 de marzo de 2025, FinCEN emitió una regla de excepción temporal que suspende la exigencia del BOI Report para entidades domésticas. Si tu sociedad fue formada en EE.UU., actualmente no estás obligado a presentar el reporte, y FinCEN no impondrá sanciones por no hacerlo mientras esta norma esté en vigor.
Nota técnica: Esta medida surge en respuesta a litigios constitucionales vinculados al Corporate Transparency Act, que si bien sigue vigente formalmente, no se está aplicando a empresas domésticas bajo esta nueva directiva.
🌍 Empresas extranjeras registradas en EE.UU.:
Si tu sociedad fue formada en el extranjero pero está registrada para operar en EE.UU. (Por ejemplo, como “foreign LLC” en Florida o Delaware), sí continúa vigente la obligación de presentar el BOI Report, con nuevos plazos específicos establecidos por FinCEN.
📋 ¿Qué deben hacer las sociedades hoy?
- Empresas domésticas (Formadas en EE.UU.): Si tu empresa fue constituida en EE.UU., actualmente no estás obligado a presentar el BOI Report.
- Empresas extranjeras registradas en EE.UU.: Si tu entidad fue constituida fuera de EE.UU. pero registrada para operar en el país, sí estás alcanzado por la obligación y debés cumplir con los nuevos plazos definidos.
A tener en cuenta:
- No hay sanciones previstas por omisión durante la vigencia de la suspensión.
- Podés presentar el reporte voluntariamente si lo considerás conveniente.
- La normativa está sujeta a cambios judiciales y regulatorios, por lo que se recomienda mantener seguimiento técnico y respaldo documental actualizado.
📌 Nota legal y contable.
Esta comunicación tiene fines meramente informativos y no constituye asesoramiento legal o fiscal. Cada caso debe evaluarse de manera individual, considerando las particularidades fiscales del país de residencia del contribuyente, su patrimonio global, y los tratados internacionales aplicables. La decisión de presentar o postergar el BOI Report debe ser tomada con el acompañamiento de un profesional contable especializado en normativa federal estadounidense.
En FINANCERS monitoreamos en tiempo real los cambios regulatorios que afectan a nuestros clientes con entidades en EE.UU. y te ayudamos a evaluar si tu empresa debe presentar el BOI Report, cómo hacerlo correctamente o cuándo corresponde postergar la presentación.
Cr. Maximiliano Mira Salas
Asesor Fiscal Internacional | FINANCERS 🇦🇷🇺🇸
